Guía 2026 · Constitución de empresas para extranjeros en México
Pasos reales, documentos exactos, costos y tiempos.
Antes de seguir
La escribimos para que puedas hacer el trámite por tu cuenta. En los casos de abajo, sin embargo, intentarlo solo casi siempre termina en más tiempo y más costo. En esos casos nosotros lo resolvemos por ti.
Con socios mexicanos, el proceso completo toma entre 2 y 3 meses.
Con socios extranjeros, entre 3 y 6 meses.
La diferencia no está en la ley. Está en las citas del SAT, en documentos que hay que apostillar y traducir, y en verificaciones bancarias que pueden rechazar tu domicilio si algo no cuadra. Nosotros lo resolvemos en alrededor de 1 mes.
El SAT no acepta cualquier dirección. Necesitas un comprobante con máximo 4 meses de antigüedad: estado de cuenta, recibo de luz, agua, teléfono fijo o predial. Ya no se acepta un contrato de arrendamiento como comprobante. Si usas oficina virtual, esta debe tener infraestructura real, no solo una dirección en un papel.
Tiene que ser una persona física, mexicana o extranjera con residencia que le permita hacer actividades remuneradas en México, e inscrita en el RFC (el registro fiscal ante la autoridad tributaria mexicana). Sin esto no puedes registrar la empresa ni abrir una cuenta bancaria.
Si un socio es una persona moral extranjera (es decir, una empresa y no una persona física), sus documentos corporativos y el poder que otorgue deben estar apostillados en el país de origen y traducidos por un perito autorizado. La apostilla es la certificación internacional que valida un documento público de un país para que surta efectos en otro. Bien planeado, este paso toma entre 1 y 3 semanas. Mal planeado, puede detener todo un mes.
La mayoría de los notarios piden que los socios personas físicas firmen el acta en persona. Si no pueden viajar, alguien más puede firmar en su representación mediante un poder, que también debe estar apostillado y traducido.
No es un obstáculo. Hemos constituido empresas para socios que tampoco tenían todo resuelto, y nuestros servicios cubren justo esa parte.
La diferencia entre las figuras societarias en México no está en su validez, todas son igual de legales, sino en las exigencias de gobierno corporativo que impone cada una y en qué tan flexible es su operación.
La S. de R.L. de C.V. (Sociedad de Responsabilidad Limitada) es la más usada por empresas con capital extranjero, porque es la más flexible. No exige la figura del comisario (un órgano de vigilancia que supervisa a la administración), lo que aligera la carga de cumplimiento. Además, si tu matriz está en Estados Unidos, el IRS puede tratarla como entidad transparente (check the box), lo que simplifica el manejo fiscal allá. Admite hasta 50 socios.
La S.A. de C.V. (Sociedad Anónima) tiene un gobierno corporativo más formal: sí requiere comisario y una estructura de asamblea más rígida. A cambio, no tiene límite de socios, permite distintas clases de acciones y facilita la entrada y salida de accionistas. Conviene cuando el tamaño o la estructura del negocio lo justifican.
La S.A.P.I. de C.V. (Sociedad Anónima Promotora de Inversión) es una variante de la S.A. diseñada para recibir inversión. Es la figura ideal si planeas levantar capital, dar entrada a fondos o inversionistas, o eventualmente colocar acciones que coticen. Permite pactos entre accionistas y arreglos de derechos económicos y de voto mucho más flexibles que una S.A. tradicional.
La SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) existe, pero casi nunca es la opción correcta para extranjeros. Solo pueden ser socios personas físicas, nunca empresas. Tiene un tope de ingresos anuales de poco más de 7.6 millones de pesos. Y aunque un extranjero sí puede ser socio, necesita e.firma vigente para constituirla, algo que en la práctica exige ya tener RFC mexicano. Por eso casi nadie que arranca desde el extranjero puede usarla.
En la práctica no hay capital social mínimo obligatorio para constituir una S. de R.L., una S.A. o una S.A.P.I. Un capital muy bajo puede generar dudas en bancos y clientes, así que lo normal es declarar un capital acorde al tamaño de tu operación. Todas estas sociedades, salvo la SAS, necesitan mínimo 2 socios.
Antes de los pasos, un contexto que a muchos fundadores extranjeros los toma por sorpresa. Constituir una empresa en México no se parece al proceso de países como Estados Unidos o Colombia, donde prácticamente no necesitas presencia física, el trámite es muy ágil y casi todo se resuelve en línea en cuestión de días. En México intervienen varias autoridades distintas, hay pasos presenciales obligatorios y los tiempos dependen de citas que no controlas.
En muchos casos el trámite puede hacerse por tu cuenta siguiendo esta guía. En otros, como los que listamos arriba, la asesoría externa deja de ser opcional y se vuelve la diferencia entre un proceso limpio y meses de retrasos. Nuestros servicios existen justo para esos casos.
Es el permiso de la Secretaría de Economía para usar el nombre de tu empresa. Verifican que el nombre que quieres no se parezca a uno que ya existe.
La puede solicitar el notario, pero en la práctica el trámite avanza mucho más rápido si lo solicitas tú por tu cuenta en línea y le entregas la autorización ya lista al notario. Para hacerlo por tu cuenta necesitas la e.firma de la persona física que presenta la solicitud, no la de la empresa, que todavía no existe.
Tiempo: de horas a unos días hábiles. Vigencia una vez aprobada: 180 días. Costo: sin costo.
En México no puedes constituir una sociedad por tu cuenta ni firmando un documento privado. Es indispensable que la empresa se constituya ante un notario público o ante un corredor público, que son los fedatarios facultados por la ley para dar fe del acto. Sin eso, la sociedad simplemente no existe.
Cualquier notaría autorizada puede hacer el trámite, pero no todas tienen la misma experiencia trabajando con socios extranjeros, documentos apostillados y poderes otorgados fuera de México, y ahí es donde se generan la mayoría de los retrasos. Los datos de las notarías oficiales se consultan según el estado donde vayas a constituir: en el directorio del Colegio Nacional del Notariado Mexicano y, para la capital, en el Colegio de Notarios de la Ciudad de México. Los dos enlaces están en la sección de recursos.
El fedatario prepara los estatutos: objeto social, administración, capital y reglas entre socios. Revísalos con cuidado, ahí se define si tu empresa va a poder operar sin fricciones después. Si algún socio es extranjero, aquí se presentan los documentos apostillados y traducidos.
Tiempo: 1 a 3 semanas una vez que tienes todos los documentos listos. Costo estimado: honorarios notariales entre $15,000 y $35,000 pesos más IVA, según ciudad y capital social declarado.
¿Tus socios son empresas o no pueden venir a firmar? Aquí es justo donde más se atoran los procesos, y es de las cosas que nuestros servicios resuelven por ti.
Este es el orden que en la práctica funciona mejor: primero el RFC, después el Registro Público de Comercio. Una vez firmada el acta, el notario te entrega una carta que indica que la empresa está pendiente de inscripción en el Registro Público. Con esa carta y el acta puedes agendar tu cita para inscribir a la empresa en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la clave que la identifica ante el SAT.
Documentos: acta constitutiva, carta del notario, identificación oficial vigente del representante legal, documento que acredite su representación y comprobante de domicilio de la empresa. Si algún socio extranjero no tiene RFC, se usa una clave genérica: EXTF900101NI1 para personas físicas o EXT990101NI1 para personas morales. El SAT entrega una constancia de inscripción en el RFC.
Tiempo: las citas pueden tardar de 2 a 4 semanas en asignarse, según la ciudad. Costo: sin costo. Orientación del SAT (MarcaSAT): 55 627 22 728, lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas; desde el extranjero, el mismo número con lada +52.
Con la constancia de inscripción en el RFC, regresas con el notario y él inscribe la empresa en el Registro Público de Comercio (RPC). Este registro es lo que le da a tu empresa efectos plenos frente a terceros: sin él, la sociedad no puede ejercer del todo sus derechos ni obligaciones comerciales.
Tiempo: 1 a 3 semanas. Costo: $1,000 a $5,000 pesos, según el estado.
Una vez inscrita la empresa en el RPC, se saca una nueva cita en el SAT para tramitar la e.firma, la firma electrónica avanzada con la que tu empresa firma documentos y presenta declaraciones ante el gobierno mexicano. Sin ella, tu empresa no puede operar fiscalmente. El representante legal necesita su propia e.firma personal vigente antes de tramitar la de la empresa.
Documentos: acta constitutiva protocolizada, identificación oficial del representante legal, poder general para actos de dominio o administración (apostillado y traducido si se otorgó en el extranjero), y una memoria USB para generar los archivos.
Tiempo: otra cita del SAT, que puede tardar semanas en asignarse. Costo: sin costo.
El SAT puede tardar más de lo que imaginas en dar estas citas. Si necesitas operar en semanas y no en meses, nuestros servicios aceleran el proceso.
Si hay un solo peso de inversión extranjera en tu empresa, la ley te obliga a inscribirte ante la Secretaría de Economía en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE). Tienes 40 días hábiles desde el inicio de operaciones o el ingreso de la inversión extranjera al capital social.
Si te pasas del plazo, la sanción va de 30 a 100 UMA por día, alrededor de 1,600 a 5,400 pesos diarios. El trámite es gratuito y en línea, pero necesita el acta constitutiva, la cédula de identificación fiscal y documentación sobre el origen de la inversión.
Ya con RFC y e.firma puedes abrir la cuenta de la empresa. Aquí está uno de los filtros más duros del proceso: los bancos hacen verificaciones del domicilio, presenciales o remotas, antes de activar la cuenta por completo. Si no pueden verificar que tu domicilio es real y operativo, no cancelan la cuenta, pero sí restringen el monto y el volumen de operaciones que puedes hacer, a veces hasta que se resuelve el problema.
Solo puede abrirla un representante mexicano o un extranjero con residencia vigente. Tiempo: 1 a 3 semanas, más lo que tarde la verificación.
¿Todavía no tienes oficina física en México? Esto puede complicar la apertura de tu cuenta más de lo que esperas. Nosotros te ayudamos a estructurarlo para que pase la verificación.
Si vas a tener empleados en México, necesitas dar de alta a la empresa como patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes de la primera contratación. El registro define tu prima de riesgo y tus cuotas obrero patronales. Se hace con la e.firma de la empresa y la del representante legal.
REPSE. Solo aplica si vas a prestar servicios especializados poniendo trabajadores propios a disposición de otra empresa. Necesitas estar al corriente con SAT, IMSS e INFONAVIT, y la autoridad tiene hasta 20 días hábiles para responder.
Licencias y marcas. Según tu giro, puede que necesites licencias municipales o estatales para operar, y registrar tu marca ante el IMPI para proteger tu nombre comercial.
Este paso casi nadie lo explica y es el que más multas genera. Desde el momento en que tu empresa está inscrita en el RFC, queda obligada a cumplir con el SAT y con el RNIE, incluso si todavía no ha generado un solo peso de ingresos.
Todo esto corre en paralelo a tu operación desde el día uno. Es exactamente el tipo de cumplimiento continuo del que se encargan nuestros servicios, para que tú te dediques al negocio y no a los plazos.
Desde la denominación hasta las declaraciones mensuales y los avisos al RNIE. Un solo equipo, legal, fiscal y contable, para que no se te pase nada.
| Concepto | Costo estimado | Tiempo estimado |
|---|---|---|
| Autorización de denominación | Sin costo | De horas a unos días hábiles |
| Honorarios notariales (acta) | $15,000 a $35,000 MXN + IVA | 1 a 3 semanas |
| Inscripción en el RFC | Sin costo | Cita: 2 a 4 semanas |
| Registro Público de Comercio | $1,000 a $5,000 MXN | 1 a 3 semanas |
| e.firma | Sin costo | Cita: 2 a 6 semanas |
| RNIE (inscripción) | Sin costo (multa si te atrasas) | Plazo: 40 días hábiles |
| Apertura de cuenta bancaria | Depósito inicial $5,000 a $25,000 MXN | 1 a 3 semanas más verificación |
| Apostilla por documento | Varía por país de origen | Varía |
| Traducción por perito autorizado | Varía según extensión | 3 a 10 días hábiles |
| Total aproximado, sin apostillas ni traducción | $25,000 a $65,000 MXN | 2 a 3 meses / 3 a 6 meses |
Sí. La inversión extranjera puede participar hasta en el 100% del capital en la mayoría de los sectores, sin necesidad de un socio mexicano. Lo que sí necesitas es un representante legal con RFC, un domicilio fiscal en México y, si tus socios son extranjeros, documentos apostillados y traducidos.
No siempre. Puedes otorgar un poder notarial apostillado para que alguien firme en tu representación, aunque la mayoría de los notarios prefieren la presencia de los socios. Nosotros armamos ese poder y llevamos el proceso por ti.
Con socios mexicanos, entre 2 y 3 meses. Con socios extranjeros, entre 3 y 6 meses, por las apostillas, traducciones y citas del SAT. Con nuestros servicios podemos lograrlo en alrededor de 1 mes.
La S. de R.L. de C.V. es la más usada por su flexibilidad de gobierno corporativo y su tratamiento fiscal para matrices en Estados Unidos. La S.A. de C.V. conviene cuando el tamaño lo exige, y la S.A.P.I. de C.V. si planeas levantar capital o dar entrada a inversionistas.
La apostilla es una certificación internacional, prevista en el Convenio de La Haya, que confirma que un documento público emitido en un país es auténtico para que surta efectos legales en otro. En pocas palabras, es lo que hace que México reconozca un documento extranjero sin trámites consulares adicionales.
La necesitas cuando presentas ante el notario documentos emitidos fuera de México: actas constitutivas de socios que son empresas, poderes otorgados en el extranjero o identificaciones oficiales, según el caso. La apostilla siempre se tramita ante la autoridad del país que emitió el documento, nunca en México, y después el documento debe traducirse al español por un perito autorizado. Si el país de origen no forma parte del Convenio de La Haya, el documento se legaliza por vía consular en lugar de apostillarse.
Vas a necesitar los documentos corporativos de esas empresas y el poder que le den a quien firme en México, todo apostillado en el país de origen y traducido por un perito autorizado. Es de los pasos que más tiempo consume si no se planea desde el inicio, y de los que nuestros servicios resuelven por ti.
Sí. Desde que tu empresa tiene RFC debe presentar declaraciones mensuales ante el SAT, aunque sean en ceros, y cumplir sus avisos ante el RNIE si tiene capital extranjero. No hacerlo genera multas y afecta tu opinión de cumplimiento. Nosotros nos encargamos de ese cumplimiento continuo.
Sin costo y sin compromiso, te decimos con claridad qué camino es el correcto para tu caso y cuánto tomaría con nosotros.
Acompañamos a fundadores de Estados Unidos · Colombia · España · Argentina · Chile · Reino Unido · Canadá